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Normativa vigente sobre la prestación del servicio de contenedores, obradores y baños químicos

En el mes de octubre, el Concejo Municipal de Sunchales aprobó la Ordenanza Nº 3051 para regular la prestación del servicio de contenedores, obradores y baños químicos.

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Foto ilustrativa de Internet

En el artículo Nº 2 se establece que “la ocupación permanente o transitoria de la vía pública con materiales inorgánicos de construcción o escombros provenientes de obras en construcción, de demolición y aquellos de la poda o tala sólo puede realizarse a través de contenedores conforme lo dispuesto”.

La nueva norma fue aprobada luego del diálogo mantenido con los titulares de las empresas locales del rubro y con funcionarios municipales. Precisamente, el texto definitivo fue el resultado de la unión de dos expedientes, uno presentado por los integrantes del Cuerpo Legislativo y otro ingresado por parte del Departamento Ejecutivo.

La Ordenanza define como autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y Rural del Municipio o la que la reemplace en el futuro. Además está organizada en varios capítulos, los cuales definen las obligaciones para las personas prestatarias, las características y el emplazamiento de los contenedores, obradores y baños químicos, así como su traslado, la disposición final de los residuos y las sanciones correspondientes.

“Incorporamos los baños químicos y los obradores. Hasta ahora la normativa vigente solamente hablaba de los contenedores o volquetes. Esta es la primera gran novedad digamos, porque se requieren una serie de presupuestos y de recaudos mínimos a la hora de la colocación, de la remoción también de estos dos elementos que son prestados por las mismas empresas”, afirmó el edil Horacio Bertoglio, responsable de la fundamentación.

Luego agregó que se trata de “una normativa absolutamente aplicable. Creo realmente que la norma es muy completa y ha tenido en cuenta aspectos prácticos y operativos como para que empiece a funcionar”.

Algunas disposiciones de la Ordenanza Nº 3051

Emplazamiento. Los contenedores, obradores y baños químicos deben emplazarse dentro de los límites del inmueble para el que ha sido contratado el servicio, o en el espacio interno del vallado de obra.

Emplazamiento en la vía pública. La Autoridad de Aplicación debe establecer reglamentariamente excepciones genéricas referidas al emplazamiento de contenedores, obradores y baños químicos atento la organización urbana y tendientes a disminuir el impacto en el sistema vial, la seguridad y la conflictividad entre vecinas y vecinos.

Mantenimiento. Las empresas prestatarias de los servicios de contenedores, volquetes y baños químicos deben mantener los mismos permanentemente pintados y en perfecto estado de mantenimiento, con sus bandas de seguridad en óptimas condiciones. El enmascaramiento, pérdida de nitidez de las bandas reflectantes o su ausencia es considerado como atentatorio contra la seguridad, haciéndose en tal caso el prestatario pasible de las sanciones.

Prohibición de emplazamiento. Queda prohibido el emplazamiento en la calle sobre el lado opuesto al estacionamiento vehicular del inmueble para el que se contrató el servicio. Excepcionalmente, a criterio de la Autoridad de Aplicación, puede autorizarse dicho emplazamiento, siempre que sea imprescindible para garantizar la seguridad de los trabajadores, conductores y peatones.

Limpieza y conservación. Las empresas prestatarias de los servicios de contenedores, volquetes y baños químicos deben mantener los mismos en perfecto estado de higiene y conservación, quedando prohibido el lavado en la vía pública, así como de todos los elementos afectados al servicio.

Carga. Los contenedores están destinados a la recepción de los siguientes residuos: 1. Materiales y escombros procedentes de obras de construcción, demoliciones y reparaciones domiciliarias; 2. Materiales provenientes de podas y desmalezamiento de patios y lotes baldíos; 3. Muebles, maderas, materiales y/o elementos en desuso que no comprometan la salubridad de la población y/o el medio ambiente, o que no requieran una recolección, tratamiento y disposición final específica. La carga que se deposite en los contenedores no puede sobresalir del límite superior del mismo.

Carga prohibida. No se pueden verter materiales inflamables, explosivos, nocivos, peligrosos, susceptibles de putrefacción o de producir olores desagradables, o todos aquellos que, a criterio de la Autoridad de Aplicación, puedan constituir molestias para la ciudadanía.

Prohibición de arrojar escombros. Queda prohibido arrojar escombros desde alturas mayores a tres metros que produzcan polvo o molestias a vecinos y vecinas. La Autoridad de Aplicación puede autorizar la utilización de tolvas o conductores cuando sea indispensable la disposición de los materiales a una altura mayor de la dispuesta.

Prensa: Concejo Municipal

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El Concejo Municipal declaró de su Interés el 45° Aniversario del Centro de Educación Física N° 27

En el marco del 45° Aniversario del Centro de Educación Física N° 27, el Concejo Municipal aprobó un proyecto de Declaración de Interés Comunitario y Educativo, para destacar su trayectoria.

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Foto: Prensa Concejo Municipal

Para concretar la entrega correspondiente, integrantes del Cuerpo Legislativo visitaron las instalaciones de la entidad local, quienes fueron recibidos por su actual directora, Silvina Lucato.

La recorrida permitió a los Ediles conocer en detalle el presente del Centro, las mejoras realizadas a través de los años en el edificio y el amplio predio donde funciona, así como las permanentes gestiones que se llevan adelante para continuar concretando proyectos.

Fundamentos

En el año 1979, por Resolución N° 24 de la Dirección General de Educación Física, se designa como director organizador del Centro de Educación Física N° 27 al Sr. Roberto Bertotti, con fecha 27 de febrero y expediente 200/1893-78.

El 19 de marzo del mismo año se inician las actividades en el Club Deportivo Libertad.

El 1 de octubre se trasladan las actividades al Sunchales Cicles Club y se realiza la fiesta de inauguración el 24 de noviembre, también de 1979.

El 25 de julio de 2016, luego de incansables gestiones y arduo trabajo, se traslada el Centro al predio de calle Güemes, lugar propio donde funciona hasta el día de la fecha.

En la actualidad, el Centro de Educación Física de Sunchales cuenta con un cargo de Director, un cargo de Vicedirector, nueve cargos docentes, veintidós horas cátedra, un cargo de asistente escolar y un cargo de portero función mantenimiento.

Son más de dos mil los niños y las niñas que concurren a sus instalaciones, perteneciendo esta matrícula a las cinco escuelas primarias oficiales de la ciudad.

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Pinotti y Mahmud establecen prioridades para el Desarrollo de Sunchales en Coordinación con la Legislatura de Santa Fe

El Intendente Pablo Pinotti y la Secretaria de Gobierno, Andrea Ochat, recibieron a la Diputada Provincial Gisel Mahmud. Durante el encuentro, la diputada manifestó su acompañamiento a la gestión de Pinotti y destacó la importancia del diálogo y la colaboración entre el ejecutivo de Sunchales y la Cámara de Diputados y Diputadas de Santa Fe.

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Foto: Captura de video

En la reunión, el Intendente expresó: “Entendemos que la situación compleja que vive el país y la provincia requiere que unamos esfuerzos para resolver los problemas de nuestros vecinos y vecinas, y también para fortalecer aspectos productivos y cooperativos en nuestra ciudad”. Se abordaron temas como la educación, la seguridad y las obras necesarias para el desarrollo de Sunchales.

Para concluir, la Diputada reiteró su compromiso con el Intendente y su equipo, así como la colaboración con la Cámara de Diputados y Diputadas, para mejorar la calidad de vida de los vecinos.

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En Vivo: Nueva Sesión Ordinaria del Concejo Municipal

El Concejo Municipal de Sunchales sesiona el jueves 14 de marzo, a partir de las 9, en su Sala “Mirta Rodríguez”.

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Foto archivo

Peticiones y asuntos particulares

Tipo: Nota Particular

Autoría: Horacio Bertoglio Sec. Gral. Comité Lisandro de la Torre

Asunto: Presenta solicitud de acceso a la información pública.

Despachos de Comisión

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Establece el uso obligatorio de la leyenda 30° Aniversario de la reforma de la Constitución Nacional en la documentación oficial de la administración municipal.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Aprueba el plan de mejoras y desarrollo servicio desagües cloacales para el año 2024.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Aprueba convenio con la Dirección Provincial de Vialidad para realización de desmalezado y obras complementarias en rutas provinciales.

Proyectos presentados

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Pablo Ghiano

Adhiere: Brenda Torriri, Juan Astor, Carolina Giusti, Laura Balduino y Santiago Dobler

Asunto: Solicita al Departamento Ejecutivo información relativa a las desvinculaciones y contrataciones de personal.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Pablo Ghiano

Adhiere: Brenda Torriri, Juan Astor, Carolina Giusti, Laura Balduino y Santiago Dobler

Asunto: Solicita del Departamento Ejecutivo un relevamiento de los nomencladores de calles de la ciudad.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Pablo Ghiano

Adhiere: Brenda Torriri, Carolina Giusti, Laura Balduino y Santiago Dobler

Asunto: Insta al Departamento Ejecutivo a informar sobre el hecho delictivo acaecido en el Corralón Municipal.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Habilita la instalación de un oratorio en conmemoración del Santo José Gabriel del Rosario Brochero.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza a la Cooperativa de Vivienda 8 de Septiembre Ltda. a hacer uso y ocupación de la vía pública con obras de infraestructura aérea y subterránea y deroga Ordenanza N° 3003.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Adhiere: Brenda Torriri, Juan Astor, Pablo Ghiano y Santiago Dobler

Asunto: Solicita al Poder Ejecutivo provincial adopte medidas tendientes a solucionar las cuestiones edilicias del Juzgado de Circuito con asiento en la ciudad.

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