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Juicio por la obra pública: cuándo se conocerá el veredicto que inquieta a Cristina Kirchner

La vicepresidenta emitió este martes su último descargo, en el cual sostuvo que el tribunal que la juzga “es un pelotón de fusilamiento”.

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Juicio por la obra pública: cuándo se conocerá el veredicto que inquieta a Cristina Kirchner

En el día que la vicepresidenta Cristina Kirchner emitió su descargo final en el marco del juicio de la causa por la obra pública en Santa Cruz, se conoció cuándo se definirá la sentencia. En este sentido, el martes 6 de diciembre el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 decidirá si la exmandataria es o no condenada en por fraude, al ceder 51 obras públicas al empresario, e íntimo amigo de Néstor Kirchner, Lázaro Báez.

Ese día, luego de las últimas palabras que les darán a algunos de los acusados, vía plataforma digital, el TOF 2 compuesto por Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu dictará la sentencia. De haber condena, los jueces tendrán que resolver si es por ambos delitos, ya sea asociación ilícita y/o defraudación a la administración pública, a partir de los cuales el fiscal Diego Luciani pidió 12 años de prisión.

En caso de optar por defraudación, la máxima pena es seis años y el de asociación ilícita, 10 años. Más allá de los años de pena, si a Cristina Kirchner la condenan, la sentencia puede apelarse ante la Cámara Federal de Casación Penal. Aunque este organismo no tendrá la última palabra ya que quedará para más adelante la instancia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Si a la dos veces jefa de Estado finalmente no se la condena, la fiscalía también podría apelar esa eventual absolución. En tanto, el 6 de diciembre se leerá la “parte dispositiva” sobre cada uno de los implicados. Esto se debe a que los argumentos se prevé que recién se conozcan en 2023 a partir de los cuales las partes pueden proceder a la apelación.

Nueva embestida de Cristina Kirchner contra la Justicia

La vicepresidenta aseguró este martes que el TOF 2, “más que un tribunal de lawfare, es un pelotón de fusilamiento”. Así, apuntó directamente contra los magistrados Giménez Uriburu, Gorini y Basso. Además, subrayó que “se demostró que las acusaciones del fiscal eran mentiras” y rechazó que su gobierno haya sido una asociación ilícita y recordó que cuando concluyó su gestión, el 10 de diciembre de 2015, dejó “un país desendeudado”.

En ese sentido, también disparó contra su sucesor en la Casa Rosada, Mauricio Macri, por la deuda con el Fondo Monetario Internacional (FMI) e ironizó: “Ahora están en Qatar, viendo el Mundial”. “Este pelotón de fusilamiento tuvo como objetivo, desde el principio, estigmatizar a un espacio político y fundamentalmente a quien tiene el mayor grado de representación de ese espacio”, lanzó Cristina Kirchner.

Y añadió: “La actividad judicial de Comodoro Py ha sido disciplinadora de la clase política”. Asimismo, la vicepresidenta destacó que su familia tiene los mismos bienes que desde el 10 de diciembre de 2015 y se quejó: “Sin embargo, la chorra y la ladrona soy yo”. Al expresar sus últimas palabras en el proceso judicial, Cristina apuntó contra los medios de comunicación: “La pata mediática ha sido siempre imprescindible en este tipo de manejos, de causas”.

La exposición de la exjefa de Estado ante los magistrados se extendió por 25 minutos y fue a través de la plataforma Zoom. “Quería reflejar lo que me ha pasado y lo que pasa con respecto a lo que es el manejo del Partido Judicial aquí en la República Argentina”, finalizó Cristina Kirchner desde su despacho en el Senado de la Nación.

Fuente: El Intransigente

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Condenan a hombre por homicidio con exceso en la legítima defensa en Tostado

Justicia ha sido impartida en el caso de Mauricio Iván Moraz Sengel, quien perdió la vida en 2018. Ezequiel Ricardo Tomadín, de 37 años, ha sido sentenciado a tres años y seis meses de prisión.

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Foto: Ilustrativa

El juicio oral concluyó ayer en los tribunales de Tostado, donde el juez Juan Gabriel Peralta dictó la sentencia. La fiscal Shirli Tomasso, del MPA, representó al Ministerio Público de la Acusación en el proceso.

Este lamentable suceso ocurrió en enero de 2018, cuando Moraz Sengel fue agredido físicamente por Tomadín con un caño de metal, causándole la muerte. El incidente tuvo lugar en Tostado, departamento Nueve de Julio.

La fiscal Tomasso destacó la conformidad con la sentencia y expresó: “Esperaremos la notificación de los fundamentos para evaluar los motivos que llevaron al magistrado a resolver de esta manera”.

El hecho se desencadenó cuando Moraz Sengel recibió una llamada de su pareja informándole que Tomadín la había golpeado y estaba en la Comisaría de la Mujer radicando una denuncia. En respuesta, Moraz Sengel buscó un cuchillo y se dirigió a la casa de Tomadín, lanzando piedras al techo.

La discusión escaló rápidamente y ambas partes se agredieron físicamente. Tomadín golpeó a Moraz Sengel con un caño de hierro en varias partes del cuerpo y en la cabeza, causándole heridas mortales.

Tomadín ha sido condenado como autor del delito de homicidio doloso simple atenuado, debido al exceso en la legítima defensa.

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Preventiva para un hombre que abusó de una menor en San Guillermo

Se ordenó la prisión preventiva de un hombre que es investigado por haber agredido sexualmente a la hija de su pareja. El imputado tiene 31 años y llevó a cabo la conducta ilícita en el domicilio en el que convivía con su núcleo familiar

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Foto: Ilustrativa

Quedó en prisión preventiva sin plazos un hombre de 31 años que es investigado por haber agredido sexualmente de manera reiterada a la hija de su pareja en San Guillermo. Así lo ordenó el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Nicolás Stegmayer, en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal.

La fiscal Hemilce Fissore está a cargo de la investigación y solicitó que el imputado, cuyas iniciales son FDG, transite el proceso judicial privado de su libertad. Stegmayer resolvió de manera oral en la audiencia, consideró suficientes las evidencias presentadas por la Fiscalía y dispuso la prisión preventiva del imputado durante todo el proceso.

Los hechos

Fissore relató que “en el marco de una relación paterno filial y con conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos, durante un tiempo prolongado y en fechas indeterminadas, el hombre investigado agredió sexualmente de manera reiterada a la hija de su pareja, una niña que transita los últimos años de la escolaridad primaria”.

Agregó la fiscal que “el imputado llevó a cabo esta actitud aprovechando las circunstancias de convivencia con la víctima en el hogar que compartían en San Guillermo en los momentos en que la madre de la niña se ausentaba del domicilio que compartían, quedando él encargado de su guarda”.

Presunción de peligrosidad procesal

Fissore manifestó que “Stegmayer fundamentó su decisión de que el hombre investigado transite el proceso privado de su libertad ya que consideró que la autoría de los hechos por parte del imputado estaba acreditada con el grado de probabilidad exigido por la ley”.

También planteó que “en virtud del delito atribuido por la Fiscalía al imputado y de la pena que le correspondería en caso de ser condenado, el magistrado consideró que la misma no sería de ejecución condicional”.

Asimismo, Fissore dijo que “el juez sostuvo que podría existir un entorpecimiento probatorio ya que es necesario cautelar los testimonios de la niña víctima y de su círculo familiar, quienes serían testigos de lo ocurrido”.

Calificación penal

Al hombre de 31 años cuyas iniciales son FDG se le atribuyó la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por la guarda y por la convivencia con la menor víctima).

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Santiago del Estero: se separaron, lo escrachó en redes y ahora debe pagarle más de 12 millones de pesos

Así lo informó el abogado Rolando Gómez Vélez, (abogado querellante) quien consideró que se trata de un “fallo ejemplar, que sienta precedentes en la Justicia de Santiago del Estero”.

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Foto: La despechada escrachadora deberá pagar más de 12 millones de pesos.

Tras una investigación judicial de más de tres años, este miércoles se llevó a cabo una audiencia en la que la Justicia de Control y Garantías de La Banda, Santiago del Estero, condenó a una mujer a pagar un resarcimiento de $ 12.800.000 a su ex marido.

Según se supo, esta medida es en el marco de una acusación en su contra por el delito de injurias a través de publicaciones en redes sociales.

Así lo informó el abogado Rolando Gómez Vélez, (abogado querellante) quien consideró que se trata de un “fallo ejemplar, que sienta precedentes en la Justicia de Santiago del Estero”.

Al respecto el letrado sostuvo: “Esto ha sido una odisea judicial. El proceso comenzó antes de la pandemia, cuando una mujer, no contenta con la separación de su pareja, comenzó a escracharlo mediante numerosas publicaciones en redes sociales”.

Indicó: “Él, cansado de estos escraches, se contactó conmigo con el objetivo de frenar este tipo de publicaciones que lo injuriaban. Entonces enviamos una carta documento para intimarla al cese de las publicaciones, en cualquier medio, bajo el apercibimiento de iniciar las acciones penales y civiles. Ella hizo caso omiso, no contestó la carta documento y dio pie a realizar la denuncia por calumnias e injurias. Todo esto quedó asentado en el Ministerio Público Fiscal de La Banda”, relató el profesional.

También señaló: “Estas presentaciones posibilitaron el secuestro del teléfono celular de ella. De esta manera se pudo constatar que ella era la titular de las cuentas con las que se realizaban estas publicaciones injuriosas. Con eso, más las capturas de pantallas que tenía mi cliente de esas publicaciones, se pudo comprobar la culpabilidad”.

“Pedimos ante el juez el resarcimiento por los daños y perjuicios y el cese de las publicaciones. Pero en realidad, el juez no puede obligar a alguien a no hacer esto si la persona no quiere. Pero sí puede obligarla a pagar la indemnización en concepto de daño moral causado al honor, el buen nombre y la dignidad de mi cliente, entendido esto como un derecho personalísimo de raíz constitucional, que debe tener efectivamente una tutela procesal efectiva”, remarcó el abogado de la víctima.

Gómez Vélez también explicó que su cliente se dedica al comercio y estas publicaciones le provocaron una notable disminución en su cartera de clientes. Esto significó una pérdida económica que ronda el monto de la indemnización que deberá pagar la mujer.

“Al juez no le ha quedado otra opción que fallar a favor de mi cliente. Más allá de que las injurias hayan sido verdaderas o falsas, lo que hacen es menoscabar el honor, independientemente de qué es a lo que se esté refiriendo”, aclaró.

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