Judicial
La Fiscalía pidió perpetua para el acusado del femicidio de Neli Zárate cometido en Rafaela
Así lo adelantó el fiscal Carlos Vottero, quien tuvo a su cargo la investigación. Hoy se realizó la audiencia preliminar. El delito fue cometido el 9 de abril de 2016.
El fiscal Carlos Vottero solicitó hoy la pena de prisión perpetua para un hombre de 29 años, cuyas iniciales son CAP, sobrino de la víctima e investigado como autor del femicidio de Neli Zárate ocurrido en abril de 2016 en la ciudad de Rafaela.
Fue en una audiencia preliminar en la sala número 2 de la Oficina de Gestión Judicial que funciona en los tribunales rafaelinos.
En la acusación que presentó oportunamente, Vottero le atribuyó a CAP –sobrino de la víctima– la autoría del delito de femicidio calificado (por alevosía y por violencia de género). En tal sentido, el fiscal sostuvo que “desde la Fiscalía consideramos que imponer a CAP la pena de prisión perpetua, más las accesorias legales y costas del proceso, es la condena acorde a la gravedad del hecho perpetrado”.
El delito investigado por el fiscal Vottero fue cometido el sábado 9 de abril de 2016. “Aproximadamente entre las 10:40 y las 15:00, Neli Zárate estaba en su casa ubicada en el barrio Martín Fierro de la ciudad de Rafaela, acompañada por el acusado”, precisó el fiscal.
“En un determinado momento, CAP –quien hasta ese instante había ocultado su intención de quitarle la vida a su tía–, comenzó a golpear a la mujer, colocándola en situación de inferioridad y vulnerabilidad”, relató. “Esta situación le permitió al acusado sujetarla de inmediato del cuello y, con la intención de darle muerte, golpeó violentamente la cabeza de Zárate contra las paredes de un pasillo, causándole lesiones vitales que ocasionaron su deceso al instante”, manifestó Vottero.
“Finalmente, el acusado arrastró a la víctima desde el pasillo hasta su habitación, lugar en el que la colocó sobre la cama, donde fue hallada sin vida”, concluyó el fiscal.
El fiscal Vottero explicó que “durante dos años, la Fiscalía Regional 5 realizó una investigación seria y exhaustiva en conjunto con la Policía de Investigaciones (PDI) de Rafaela”. El funcionario del MPA agregó que “se realizaron diversas diligencias, a partir de las cuales se pudo identificar a CAP como autor del hecho”.
Vottero también informó que “finalmente, el imputado fue detenido el lunes 13 de agosto del año pasado y está privado de su libertad desde ese momento”.
Tras la audiencia preliminar, el juez deberá resolver en torno a lo planteado por las partes. Además, en caso que considere que están dadas las condiciones, deberá dictar lo que se denomina el acto de apertura a juicio para que, finalmente, se pueda llevar a cabo el debate oral y público.
En tanto, la Oficina de Gestión Judicial deberá sortear los integrantes del tribunal. En este caso, y a raíz de que la Fiscalía pedirá la prisión perpetua, se trata de un tribunal pluripersonal.
Fuente: LT9
Judicial
Prisión preventiva a un hombre por abusos sexuales en Ambrosetti
El imputado tiene 34 años y una de las víctimas es una niña de corta edad y la otra, una adolescente. Se le atribuyó haber cometido los ilícitos de forma reiterada en un contexto de violencia de género y familiar

Quedó en prisión preventiva un hombre de 34 años, cuyas iniciales son DOL, que es investigado como autor de abusos sexuales en perjuicio de su hija de corta edad y de una adolescente que es hija de quien era su pareja al momento de los ilícitos.
Los delitos fueron cometidos en las localidades de Ambrosetti (departamento San Cristóbal) y Sarmiento (departamento Las Colonias).
La cautelar fue ordenada por el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Juan Gabriel Peralta, en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal. Por su parte, la fiscal del MPA que está a cargo de la investigación y solicitó la privación de la libertad es Hemilce Fissore.
En relación a las diligencias realizadas, Fissore destacó las tareas llevadas a cabo por la Agencia de Investigación sobre Violencia de Género, Sexual y Familiar de la ciudad de San Cristóbal.
Los hechos
La fiscal manifestó que “desde una fecha que aún no fue determinada hasta la semana pasada, el hombre agredió sexualmente a las víctimas en reiteradas oportunidades”, y planteó que “aprovechó la convivencia que mantuvo con ellas en las localidades de Sarmiento y Ambrosetti”.
“El imputado abusó de la adolescente bajo amenaza de que, si contaba algo de lo ocurrido, él mataría a otros integrantes del grupo familiar”, remarcó Fissore. Asimismo, afirmó que “vulneró la integridad sexual de su propia hija en momentos en los que se quedaron a solas”.
La funcionaria del MPA destacó que “todos los ilícitos fueron en un contexto de violencia de género y familiar”. En tal sentido, señaló que “por sus características, los abusos tuvieron entidad suficiente para afectar el libre y progresivo desarrollo sexual de las víctimas”.
Peligrosidad procesal
Fissore valoró que “el juez sostuvo que los elementos de convicción son suficientes para acreditar la probable autoría de los hechos investigados”.
Además, la fiscal puntualizó que “el magistrado avaló la calificación penal que propusimos y se refirió a que la pena en expectativa es de cumplimiento efectivo”. Según agregó, “al imponer la medida cautelar, también se contempló que el imputado no posee estabilidad laboral, lo que hace latente el peligro de fuga”.
Finalmente, la representante del MPA indicó que “el juez tuvo en cuenta que está pendiente la realización de entrevistas a las víctimas en cámara Gesell y es necesario protegerlas del riesgo de entorpecimiento en sus testimonios”.
Calificación penal
Al hombre de 34 años se le atribuyó la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por el vínculo) y abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por la convivencia).
Fuente: El Departamental
Judicial
Preventiva para las mujeres implicadas en el crimen de Claudio Gamarra
Quedaron en prisión preventiva por 90 días dos mujeres de 26 y 30 años a las que se investiga por encubrimiento y amenazas vinculados al homicidio de Claudio Daniel Gamarra cometido en Suardi

Así lo ordenó el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Nicolás Stegmayer, en una audiencia que se desarrolló de forma remota en los tribunales de San Cristóbal.
La fiscal que está a cargo de la investigación y solicitó la medida cautelar es Hemilce Fissore. En tal sentido, señaló que “aunque las imputadas, cuyas iniciales son MMF y BSM, llevaron a cabo su accionar ilícito en la ciudad cordobesa de Morteros, corresponde que lo investiguemos desde el MPA”.
Competencia territorial
Fissore indicó que “el defensor de las imputadas solicitó la incompetencia territorial por razones de economía procesal”, y destacó que “rechazamos el planteo en virtud de la conexidad entre estos delitos y otros cometidos en nuestra provincia”.
En la audiencia, el magistrado desestimó el requerimiento de la defensa porque los ilícitos endilgados a las imputadas se refieren a un delito precedente y el bien jurídico afectado es la administración pública de la provincia de Santa Fe.
Encubrimiento
La fiscal puntualizó que “el jueves 26 de enero de este año a las 20:30, la mujer de iniciales MMF, circuló por la vía pública de Morteros a bordo de una motocicleta que había sido utilizada para consumar el homicidio de Gamarra y una tentativa de homicidio en perjuicio de un niño”.
Fissore aclaró que “la moto era marca Yamaha modelo XTZ y la imputada estaba al tanto de los hechos ilícitos que se habían cometido con el vehículo”.
Además, se relató que “la investigada se negó a restituir la motocicleta a su verdadero dueño con el fin de ayudar al presunto autor del homicidio a eludir las investigaciones en su contra”.
Amenazas coactivas
La funcionaria judicial se refirió a que “la otra imputada es hermana de un hombre que está prófugo y con un pedido de detención vigente porque se lo investiga como autor del homicidio de Gamarra”. Según se añadió, “ella también llevó a cabo su conducta delictiva en Morteros”.
“Tras el ataque que tuvo lugar en Suardi, la mujer de iniciales BSM amenazó de muerte al propietario de la motocicleta utilizada para concretarlo”, se aseguró. “Le exigió que la hiciera pintar para modificar sus características y dificultar su identificación”, se precisó.
Peligros procesales
Fissore afirmó que “el magistrado dispuso la prisión preventiva por 90 días de ambas imputadas dando por acreditadas la autoría y materialidad los hechos que se les atribuyeron”. Al respecto, remarcó que “se tuvo en cuenta la contundente declaración del propietario de la moto”.
Asimismo, “el juez sostuvo que tanto el encubrimiento como las amenazas coactivas atribuidas a las imputadas están relacionadas con un delito preexistente grave y esa circunstancia lleva a que la pena en expectativa sea de ejecución efectiva”, subrayó la fiscal.
Por último, la representante del MPA informó que “el magistrado adujo que por el tipo de ilícitos investigados, los testigos y víctimas son especialmente vulnerables”, y agregó que “mientras el presunto autor del homicidio -que tiene relación estrecha con las imputadas- continúe prófugo, los riesgos procesales están vigentes”.
Prisión domiciliaria
La fiscal mencionó que “en la audiencia se ordenó que las imputadas cumplan la medida cautelar de forma domiciliaria”. Explicó que “se contempló que ambas son madres y, dado el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, se resolvió en función de sus hijos”.
Por otro lado, “el magistrado les recordó a las imputadas que tienen vedado cualquier tipo de comunicación con las víctimas y testigos de los ilícitos”, concluyó Fissore.
Calificación penal
A la mujer de iniciales MMF se le atribuyó la autoría de encubrimiento por favorecimiento personal y real calificado (por la gravedad del delito precedente); y a la de iniciales BSM, la autoría de amenazas coactivas.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Vicentin: rechazan la excusación del juez Lorenzini y la causa se paraliza por un conflicto de competencia
El juez en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista, Ramiro Avilé Crespo, desestimó la invocación de “violencia moral” a raíz de un pedido de juicio político.

El juez en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista, Santa Fe, Ramiro Avilé Crespo, rechazó la excusación de su colega Fabián Lorenzini para continuar interviniendo en el concurso de acreedores del gigante cerealero Vicentin.
Avilé Crespo desestimó las causales invocadas por Lorenzini, especialmente la de “violencia moral” a raíz de un pedido de juicio político que le entabló el abogado de un grupo de pequeños productores acreedores de Vicentin.
“La violencia moral no puede tener su origen en el desarrollo del trámite de una causa judicial, ni puede emanar de sus avatares, ya que admitir lo contrario sería fomentar y facilitar a las partes que, a través de juicios políticos, expresiones descomedidas, descorteces o incluso injuriosas, produzcan la separación de los jueces”, replicó Avilé Crespo.
El rechazo a la excusación traba, de hecho, un conflicto de competencia que paraliza la tramitación del expediente hasta que las instancias superiores de la Justicia santafesina resuelvan quién continuará con el expediente.
Avilé Crespo recordó que “el procedimiento de enjuiciamiento de magistrados se encuentra reglado primigeniamente en nuestra Constitución Provincial”.
“Hasta la fecha, dicho pedido de juicio político no ha prosperado”, sostiene el pronunciamiento del juez que debería suceder a Lorenzini en el expediente.
Lorenzini se apartó voluntariamente del expediente a fines de la semana pasada, después de que el abogado Gustavo Feldman, quien representa a pequeños productores y cooperativistas acreedores de Vicentin, pidiera su juicio político por la actuación en la causa.
“Hasta la fecha, no contamos con mayores elementos que el solo hecho que el Magistrado que viene interviniendo en esta causa ha sido denunciado”, insistió Avilé Crespo.
En ese sentido, destacó que el denunciante Feldman “ha actuado en nombre propio, y no por sus representados”, lo que excluye la posibilidad de la excusación “la denuncia es formulada por una persona que no es parte en el proceso del cuál el Magistrado pretende excusarse”.
“La requerida parcialidad que se hallaría ínsita en la excusación no tiene razón de ser, porque la presunta parcialidad es para con el justiciable, no para con un ciudadano que no es parte del proceso”, puntualizó.
Avilé Crespo advirtió además que su colega Lorenzini pidió y obtuvo prerrogativas judiciales por estar a cargo del concurso de acreedores de Vicentin.
“Desde que se inició este concurso en fecha 10/02/2020, el referido Magistrado se ha visto beneficiado con su exclusión en la asignación de causas durante 18 meses. Durante dicho periodo a éste Tribunal – que desde hace pocos meses tengo el honor de presidir – le ingresaron aproximadamente poco más de 1700 nuevos expedientes”, se quejó.
Cuando Lorenzini se excusó, justificó: “Mi propia conciencia como ciudadano, abogado y juez me impone esta decisión frente a la posibilidad de haber incurrido en acciones reñidas con el accionar que se esperaba de mí como servidor público”.
Fuente: L.T.9.
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