Judicial
Salta 2141: 22 muertes, 62 heridos y un solo condenado que no irá preso
Según el fallo de primera instancia, el gasista que trabajó en el edificio el 6 de agosto de 2013 provocó la tragedia más grande de la historia de Rosario. Su arresto solo se hará efectivo si un tribunal de alzada ratifica la sentencia. Las otras diez personas que llegaron al juicio fueron absueltas
La explosión ocurrida el 6 de agosto de 2013 en Salta 2141, que dejó un saldo de 22 muertos y 62 heridos, tiene un único responsable penal. Según consideró la justicia, en primera instancia, el gasista que realizó mal su trabajo aquella mañana provocó la tragedia más grande de la historia de Rosario. Carlos Osvaldo García recibió este martes la pena de 4 años de prisión efectiva, pero no quedó preso, ya que su arresto solo se hará efectivo si un tribunal de alzada ratifica la sentencia. Las otras diez personas que llegaron al juicio fueron absueltas por “insuficiencia probatoria” en su contra.
Con la sentencia, el tribunal integrado por los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Carlos Leiva no consideró que la tragedia fue la consecuencia de trabajos mal hechos anteriormente en el edificio y la falta de control sobre los mismos. No hizo lugar, como pretendía la Fiscalía y la querella, a la teoría de imputación objetiva, es decir, a que existió una cadena de omisiones de varias personas que generaron situaciones de peligro que aportaron al resultado final: la explosión. “Se advierte que la teoría del caso presenta fisuras argumentales”, indicó Canavesio al leer la resolución en la sala 7 del Centro de Justicia Penal.
¿Por qué condenaron a García y por qué no irá preso?
Las once personas que llegaron al juicio fueron acusadas por el delito de estrago culposo agravado. Estrago significa un daño de grandes proporciones que haya generado peligro; culposo porque ninguno tuvo la intencionalidad de causar la explosión; y agravado por la cantidad de personas afectadas por el hecho. El máximo de pena por este delito es de cinco años de prisión efectiva. Y la Fiscalía pidió ese monto de pena para nueve de los once acusados, a excepción del gasista José Luis Allala (gasista que trabajó en la torre a finales de julio) y a Gerardo Bolaño (reclamista de Litoral Gas que cortó el servicio a finales de julio).
Si bien no se conocieron los fundamentos, ya que se darán a conocer luego, el tribunal solo encontró pruebas para condenar a García. “Había pruebas para condenar a más personas”, sostuvieron desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA), que apelará las absoluciones.
García no quedó preso tras la audiencia porque, según confiaron desde la justicia, llegó en libertad y la condena no está firme; y porque la sentencia no fue unánime. Los jueces Canavesio y Zvala se inclinaron por dictar cuatro años de prisión efectiva, mientras que Leiva consideró que debía recibir tres años de prisión en suspenso bajo el cumplimiento de una serie de reglas de conducta que tendría que realizar por el período de cuatro años.
Según la acusación, Carlos García manipuló el gabinete de gas sin haber cortado el suministro para empezar a trabajar; tampoco la luz; no cerró la puerta de acceso al edificio; ni avisó a los vecinos cuando comenzó la fuga que duró doce minutos. “Sabíamos que iba a ser condenado”, expresó la fiscal Argüelles en conferencia de prensa al tiempo que añadió que se vio sorprendida por la absolución de los otros diez imputados.
Los fiscales y la querella hicieron hincapié durante el debate oral y público en que tres fallecimientos fueron por inhalación de monóxido de carbono y no por traumatismos, según determinaron las autopsias. Por ese motivo remarcaron un dato: el suministro de gas se cortó en la zona 2 horas y 46 minutos después de la explosión, ya que la única máquina que tenía Litoral Gas para hacerlo estaba en otro punto de la ciudad, en Circunvalación y Oroño. Sugirieron de esta forma que podría haber sido menor la cantidad de víctimas fatales si se interrrumpía antes.
Para el tribunal no hubo elementos suficientes para responsabilizar penalmente a los reclamistas de Litoral Gas que hicieron trabajos en el edificio previamente, ni a sus superiores, ni a los encargados de la administración del consorcio por haber contratado a García y por haber sugerido a los vecinos que no llamaran a la empresa porque se iban a quedar sin servicio.
Fuente: Rosario3.com
Judicial
Preventiva para las mujeres implicadas en el crimen de Claudio Gamarra
Quedaron en prisión preventiva por 90 días dos mujeres de 26 y 30 años a las que se investiga por encubrimiento y amenazas vinculados al homicidio de Claudio Daniel Gamarra cometido en Suardi

Así lo ordenó el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Nicolás Stegmayer, en una audiencia que se desarrolló de forma remota en los tribunales de San Cristóbal.
La fiscal que está a cargo de la investigación y solicitó la medida cautelar es Hemilce Fissore. En tal sentido, señaló que “aunque las imputadas, cuyas iniciales son MMF y BSM, llevaron a cabo su accionar ilícito en la ciudad cordobesa de Morteros, corresponde que lo investiguemos desde el MPA”.
Competencia territorial
Fissore indicó que “el defensor de las imputadas solicitó la incompetencia territorial por razones de economía procesal”, y destacó que “rechazamos el planteo en virtud de la conexidad entre estos delitos y otros cometidos en nuestra provincia”.
En la audiencia, el magistrado desestimó el requerimiento de la defensa porque los ilícitos endilgados a las imputadas se refieren a un delito precedente y el bien jurídico afectado es la administración pública de la provincia de Santa Fe.
Encubrimiento
La fiscal puntualizó que “el jueves 26 de enero de este año a las 20:30, la mujer de iniciales MMF, circuló por la vía pública de Morteros a bordo de una motocicleta que había sido utilizada para consumar el homicidio de Gamarra y una tentativa de homicidio en perjuicio de un niño”.
Fissore aclaró que “la moto era marca Yamaha modelo XTZ y la imputada estaba al tanto de los hechos ilícitos que se habían cometido con el vehículo”.
Además, se relató que “la investigada se negó a restituir la motocicleta a su verdadero dueño con el fin de ayudar al presunto autor del homicidio a eludir las investigaciones en su contra”.
Amenazas coactivas
La funcionaria judicial se refirió a que “la otra imputada es hermana de un hombre que está prófugo y con un pedido de detención vigente porque se lo investiga como autor del homicidio de Gamarra”. Según se añadió, “ella también llevó a cabo su conducta delictiva en Morteros”.
“Tras el ataque que tuvo lugar en Suardi, la mujer de iniciales BSM amenazó de muerte al propietario de la motocicleta utilizada para concretarlo”, se aseguró. “Le exigió que la hiciera pintar para modificar sus características y dificultar su identificación”, se precisó.
Peligros procesales
Fissore afirmó que “el magistrado dispuso la prisión preventiva por 90 días de ambas imputadas dando por acreditadas la autoría y materialidad los hechos que se les atribuyeron”. Al respecto, remarcó que “se tuvo en cuenta la contundente declaración del propietario de la moto”.
Asimismo, “el juez sostuvo que tanto el encubrimiento como las amenazas coactivas atribuidas a las imputadas están relacionadas con un delito preexistente grave y esa circunstancia lleva a que la pena en expectativa sea de ejecución efectiva”, subrayó la fiscal.
Por último, la representante del MPA informó que “el magistrado adujo que por el tipo de ilícitos investigados, los testigos y víctimas son especialmente vulnerables”, y agregó que “mientras el presunto autor del homicidio -que tiene relación estrecha con las imputadas- continúe prófugo, los riesgos procesales están vigentes”.
Prisión domiciliaria
La fiscal mencionó que “en la audiencia se ordenó que las imputadas cumplan la medida cautelar de forma domiciliaria”. Explicó que “se contempló que ambas son madres y, dado el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, se resolvió en función de sus hijos”.
Por otro lado, “el magistrado les recordó a las imputadas que tienen vedado cualquier tipo de comunicación con las víctimas y testigos de los ilícitos”, concluyó Fissore.
Calificación penal
A la mujer de iniciales MMF se le atribuyó la autoría de encubrimiento por favorecimiento personal y real calificado (por la gravedad del delito precedente); y a la de iniciales BSM, la autoría de amenazas coactivas.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Vicentin: rechazan la excusación del juez Lorenzini y la causa se paraliza por un conflicto de competencia
El juez en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista, Ramiro Avilé Crespo, desestimó la invocación de “violencia moral” a raíz de un pedido de juicio político.

El juez en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista, Santa Fe, Ramiro Avilé Crespo, rechazó la excusación de su colega Fabián Lorenzini para continuar interviniendo en el concurso de acreedores del gigante cerealero Vicentin.
Avilé Crespo desestimó las causales invocadas por Lorenzini, especialmente la de “violencia moral” a raíz de un pedido de juicio político que le entabló el abogado de un grupo de pequeños productores acreedores de Vicentin.
“La violencia moral no puede tener su origen en el desarrollo del trámite de una causa judicial, ni puede emanar de sus avatares, ya que admitir lo contrario sería fomentar y facilitar a las partes que, a través de juicios políticos, expresiones descomedidas, descorteces o incluso injuriosas, produzcan la separación de los jueces”, replicó Avilé Crespo.
El rechazo a la excusación traba, de hecho, un conflicto de competencia que paraliza la tramitación del expediente hasta que las instancias superiores de la Justicia santafesina resuelvan quién continuará con el expediente.
Avilé Crespo recordó que “el procedimiento de enjuiciamiento de magistrados se encuentra reglado primigeniamente en nuestra Constitución Provincial”.
“Hasta la fecha, dicho pedido de juicio político no ha prosperado”, sostiene el pronunciamiento del juez que debería suceder a Lorenzini en el expediente.
Lorenzini se apartó voluntariamente del expediente a fines de la semana pasada, después de que el abogado Gustavo Feldman, quien representa a pequeños productores y cooperativistas acreedores de Vicentin, pidiera su juicio político por la actuación en la causa.
“Hasta la fecha, no contamos con mayores elementos que el solo hecho que el Magistrado que viene interviniendo en esta causa ha sido denunciado”, insistió Avilé Crespo.
En ese sentido, destacó que el denunciante Feldman “ha actuado en nombre propio, y no por sus representados”, lo que excluye la posibilidad de la excusación “la denuncia es formulada por una persona que no es parte en el proceso del cuál el Magistrado pretende excusarse”.
“La requerida parcialidad que se hallaría ínsita en la excusación no tiene razón de ser, porque la presunta parcialidad es para con el justiciable, no para con un ciudadano que no es parte del proceso”, puntualizó.
Avilé Crespo advirtió además que su colega Lorenzini pidió y obtuvo prerrogativas judiciales por estar a cargo del concurso de acreedores de Vicentin.
“Desde que se inició este concurso en fecha 10/02/2020, el referido Magistrado se ha visto beneficiado con su exclusión en la asignación de causas durante 18 meses. Durante dicho periodo a éste Tribunal – que desde hace pocos meses tengo el honor de presidir – le ingresaron aproximadamente poco más de 1700 nuevos expedientes”, se quejó.
Cuando Lorenzini se excusó, justificó: “Mi propia conciencia como ciudadano, abogado y juez me impone esta decisión frente a la posibilidad de haber incurrido en acciones reñidas con el accionar que se esperaba de mí como servidor público”.
Fuente: L.T.9.
Judicial
Causa de los cuadernos: la Justicia ordena la liberación de Ricardo Jaime, exsecretario de Transporte
Ricardo Jaime cuando fue detenido en 2016.Está acusado de haber recibido coimas por parte de empresarios que admitieron haber desembolsado esos pagos ilegales.

Está acusado de haber recibido coimas por parte de empresarios que admitieron haber desembolsado esos pagos ilegales.
El exfuncionario estaba bajo prisión preventiva por en la conocida Causa de los Cuaderno, acusado de haber recibido coimas por parte de empresarios que admitieron haber hechos esos pagos ilegales.

Su defensa argumentó que tiene un “delicado cuadro de salud” y recuperará la libertad el próximo sábado.
El fallo para liberarlo fue firmado por los jueces Enrique Méndez Signori y Germán Castelli, más la disidencia parcial de Fernando Canero.
DESDE CUÁNDO ESTABA PRESO RICARDO JAIME
Jaime está preso desde el 2 de abril de 2016. Si bien tiene condenas por numerosos casos de corrupción en su paso por la administración pública, ninguna está firme.
Deberá esperar su sentencia estando en libertad. Como el juicio aún no se llevó adelante, se vencieron los plazos y la Justicia dispuso el cese de la prisión, además de invocar problemas de salud corroborados por el equipo de peritos médicos.
Fuente: Vía País
- Ciudadhace 8 horas
El Concejo Municipal pone a consideración de la ciudadanía tres proyectos sobre el cambio de sentido de circulación de calles pertenecientes a seis barrios de Sunchales
- Regionalhace 1 día
Buscan a una joven sanfrancisqueña de 14 años
- Paishace 7 horas
Tucumán: Desesperada huida de pasajeros de un micro que se prendió fuego en la ruta
- Regionalhace 6 horas
Vandalismo en la casa del Presidente de la Liga Rafaelina