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Multarán con hasta $ 42.800 a los que abandonen, golpeen o tiñan a su mascota
La Legislatura aprobó el proyecto en la sesión de este jueves.
Tener un animal en casa y descuidarlo ahora puede significar fuertes multas y hasta días de trabajo comunitario. Este jueves la Legislatura aprobó el primer texto que legisla específicamente contra quienes abandonen, golpeen o tiñan a sus mascotas en la Ciudad. El proyecto recibió 41 votos a favor y 15 abstenciones.
Con esta normativa, el Código Contravencional porteño suma un capítulo dedicado al “Cuidado y Protección de los animales domésticos” para cubrir vacíos legales en relación a los perros y gatos que se tienen como mascotas.
Es que, hasta ahora, se sancionaban actos de maltrato animal como golpes o lesiones, pero no otras acciones que implican malos tratos, como pintar el animal de colores, dejarlo encerrado en el auto o criarlo en la terraza o el balcón. También se fijaron sanciones para quienes abandonen a su mascota.
Se trata de multas considerables, que oscilan entre los $ 6.420 y los $ 42.800. Se calculan en unidades fijas (UF), que equivalen al valor de medio litro de nafta premium. Si la conducta no implica delito, las sanciones pueden ser de entre tres y cinco días de trabajo comunitario. O bien ambas cosas: trabajo y multa.
El proyecto aprobado fue presentado en marzo por el legislador Daniel Presti (Vamos Juntos). Uno de los puntos que más se debatieron en comisión -y que finalmente sufrió modificaciones- se relaciona con el abandono del animal: la sanción no sólo se aplicará cuando este ocurra en la vía pública o en lugares privados de acceso público, sino también en los casos en que intervenga una entidad pública de Zoonosis. La multa por hacerlo oscila entre los $ 21.400 y los $ 42.800. También puede dictaminarse la obligación de cumplir entre tres y cinco días de trabajo comunitario.
Algo inferiores son las multas para quienes no tomen recaudos en el cuidado del animal doméstico a cargo: de $ 6.420 a $ 21.400, o bien entre tres y cinco días de trabajo comunitario. Quien tenga a su mascota en instalaciones inadecuadas, que afecten su salud, higiene o esparcimiento, deberá desembolsar de $ 10.700 a $ 21.400 si le corresponde multa.
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En el artículo final se considera la salud del animal no sólo como la que atañe a lo físico sino también a lo psíquico. Es por eso que se sancionan las actitudes que impliquen menoscabar la integridad de un animal doméstico o lo expongan a una situación de vulnerabilidad, “ya sea por pintarlo, teñirle el pelo o cualquier otro acto que pueda provocar un perjuicio para su salud”. Esa acción podrá ser sancionada con la obligación de abonar entre $ 6.420 y $ 21.400.
En el proyecto se considera animal doméstico al que “por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, vivienda, alimento y cuidados sanitarios”. Cualquier persona que atente contra la integridad del animal -sea su responsable, cuidador pago o vecino- podrá ser sancionado por esas conductas. Los mismos vecinos pueden hacer la denuncia en el sitio Web del Ministerio Público Fiscal porteño, ingresando acá.
La legislación en esta materia había quedado antigua. A nivel nacional, la normativa vigente data de 65 años atrás: la ley 14.346 de protección animal de 1954 castiga a los que sometan a animales a malos tratos o actos de crueldad pero deja afuera muchas otras conductas injustas contra ellos.
El Código Penal, en tanto, menciona el maltrato animal pero de forma poco específica: el animal se equipara a una cosa. En su artículo 183 se establece prisión de quince días a un año a quien dañe o haga desaparecer a un animal o a una “cosa mueble [trasladable] o inmueble”.
Con todo, un fallo reciente hizo un aporte notable para que los animales dejen de ser considerados cosas. En 2014, se reconoció a Sandra -la orangutana que inspiró la creación del Ecoparque- como “sujeto no humano” con derechos y se le concedió un hábeas corpus, recurso usado hasta ese momento sólo para personas privadas ilegítimamente de su libertad.
“Hay que entender que cualquier persona que opte por tener un animal doméstico o de compañía asume la responsabilidad de alimentarlo, cuidarlo y brindarle un hogar en condiciones”, resalta Presti.
Con todo, el proyecto no dejó contentos a todos los sectores relacionados con el mundo animal. Sergio Morales, director de relaciones institucionales del refugio para perros El Campito, destacó que la norma “no apunta al cuidado del animal sino a ciertas obligaciones que el Estado quiere que ejerzan los particulares. Muchas veces la gente no le da a la mascota determinados cuidados no por negligencia o dolo sino porque no puede pagarlos”.
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Para Graciela Fayt, abogada especialista en derecho animal, “hablar de tenencia responsable es considerar tenedores irresponsables a quienes no pueden pagar por un veterinario privado, y eso es discriminatorio”, en un contexto en el que “el servicio público sanitario para animales es prácticamente inexistente y en muchos casos mata mascotas”.
Fuente: Clarín
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El ministerio de Salud prohibió la venta de los nuevos cigarrillos electrónicos
Se trata de “productos de tabaco calentado” que vinieron a reemplazar a los viejos cigarrillos electrónicos, ya prohibidos por la ANMAt en 2011.

El ministerio de Salud de la Nación prohibió este lunes la venta en todo el país de los denominados “cigarrillos electrónicos”. Lo hizo por medio de la Resolución 565/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la ministra de Salud, Carla Vizzotti
Allí se dispone la prohibición de “la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como ‘Productos de Tabaco Calentado'”.
La prohibición se extiende además a todo tipo de accesorio destinado al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en esos sistemas.
Entre los considerandos de la medida la cartera de Salud advirtió que “el impacto del consumo de tabaco en la República Argentina fue estimado en 45.000 muertes (14% de todas las muertes), 19.000 diagnósticos de cáncer, 33.000 neumonías, 11.000 accidentes cerebrovasculares y 61.000 hospitalizados por enfermedad cardiovascular, y más de 100.000 personas que cada año enferman de EPOC”.
Al tiempo que puntualiza que el tabaco generó, en 2020 por ejemplo, un costo médico directo anual de más de 196 mil millones de pesos argentinos, un costo de productividad laboral perdida superior a los 91 mil millones de pesos, y costos de cuidado informal de más de 75 mil millones de pesos.
Es decir que en 2020 el costo del tabaquismo fue equivalente a más del 1,2% del Producto Bruto Interno (PBI) del país. Y advierte que el tabaquismo es, asimismo, causa de pérdida de productividad por enfermedad, discapacidad y muerte prematura.
Y señala que “en un contexto de retracción del consumo de productos de tabaco en muchos países del mundo, las compañías tabacaleras y otras empresas han introducido en el mercado nuevos productos alternativos, como los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, que son los llamados cigarrillos electrónicos (CE) y más recientemente los productos de tabaco calentado (PTCs)”.
Detalla que estos “productos de tabaco calentado” consisten en una barra de tabaco (HeatStick) y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería y que “se promueven para ser utilizados en reemplazo de los cigarrillos convencionales, especialmente en los lugares donde se prohíbe fumar, aduciendo que están desprovistos de los efectos deletéreos de los productos de la combustión del tabaco”.
La Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en 2011 la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina denominado “Cigarrillo Electrónico”. Por eso ahora el ministerio de Salud hizo extensiva esta prohibición a los productos de tabaco calentado.
Y advierte que “de acuerdo a investigaciones independientes, los Productos de Tabaco Calentados producen aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehido, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud”.
“La evidencia sostiene que los productos novedosos como los PTCs y similares son especialmente atractivos para niños, niñas y adolescentes, y su introducción en el mercado tiene el potencial de conducir a la iniciación tabáquica en jóvenes y adultos no fumadores”.
Fuente: Minuto Uno
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Santiago de Estero: Asueto administrativo y educativo para el martes 28 por la llegada de la Selección Argentina
El asueto será a partir de las 14 horas, por la llegada de la Selección Argentina a la provincia de Santiago del Estero.

La Municipalidad de la Capital, mediante decreto firmado por la intendente, Ing. Norma Fuentes, decidió adherir al asueto administrativo y escolar dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial para el próximo 28 de marzo a partir de las 14 horas.
Cabe recordar, que la visita histórica de la selección argentina de futbol que obtuvo el campeonato del mundo en Qatar 2022 generará una convocatoria extraordinaria de personas en la ciudad.
Por ello, en consonancia con la medida del gobierno provincial que tiene por objeto asegurar el orden y la seguridad se adoptó el acto administrativo.
Fuente: Diario Panorama
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Confirmaron ocho nuevos casos de gripe aviar en la última semana
En total ya suman 66 los casos registrados en todo el país desde el inicio del brote. Los últimos tres nuevos casos se detectaron en la provincia de Neuquén.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) confirmó ocho nuevos casos de gripe aviar en la última semana, por lo que ya suman 66 desde el comienzo del brote esta enfermedad en todo el país.
Los más recientes casos positivos confirmados de influenza aviar (IA) H5, son de la provincia de Neuquén: 2 de aves de traspatio (Chapua y Las Lajas) y 1 silvestre (San Patricio del Chañar).
En lo que respecta a la última semana, entre el 18 y el 24 de marzo, de las muestras analizadas por el Laboratorio Nacional del Senasa, se confirmó que se diagnosticaron 8 casos positivos, 6 en aves de traspatio en las provincias de Buenos Aires (General Conesa), Chubut (Rawson), Neuquén (Chapua y Las Lajas), La Pampa (Toay) y Río Negro (Guardia Mitre); 1 en silvestres de Neuquén (San Patricio del Chañar) y 1 de corral en Santa Fe (Colonia Cavour).
De las más de 300 notificaciones analizadas por el Laboratorio del Senasa, los casos confirmados son en aves de traspatio (54), silvestres (5) y sector comercial (7).
Los casos registrados hasta el momento están distribuidos de la siguiente manera: 18 en Córdoba, 16 en Buenos Aires, 10 en Neuquén, 7 en Santa Fe, 5 en Río Negro, 2 en San Luis, 2 en Chaco, 2 en La Pampa, 1 en Jujuy, 1 en Santiago del Estero, 1 en Salta y 1 en Chubut.
De acuerdo con los lineamientos establecidos en el plan de contingencia, el Senasa informó también que se cerraron los brotes ocurridos en la Laguna de los Pozuelos, en Jujuy; Las Mojarras, en Córdoba; Laguna Blanca, en Neuquén (aves silvestres); y en la localidad de Cerrillos, Salta (aves de traspatio).
Se señaló que los casos se consideran eventos cerrados cuando se verifica el cumplimiento satisfactorio de las medidas previstas en el plan de contingencia, entre las cuales se incluyen:
-Que hayan pasado más de 28 días desde el inicio del brote (lo que corresponde a 2 periodos de incubación).
-Que no se hayan detectado durante ese período novedades sanitarias ni resultados positivos en los muestreos en el predio/área del brote ni en la zona de control sanitario de 10 km de radio.
Tras la confirmación de los casos, agentes de los centros regionales del Senasa, efectuan las acciones sanitarias correspondientes en los predios afectados, y se encuentra trabajando en acciones sanitarias y de rastrillaje en todas las regiones donde se realizaron los hallazgos.
También, en las zonas del país donde no se ha detectado la presencia de IA, el Senasa mantiene medidas de prevención y vigilancia permanentes, y reforzaron los controles en los pasos fronterizos con Brasil, Bolivia, Paraguay y Uruguay, de las provincias de Entre Ríos, Chaco, Formosa, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta.
El Senasa enfatiza su recomendación al sector productivo de reforzar las medidas de manejo, higiene y bioseguridad de sus granjas avícolas y que le notifiquen inmediatamente toda detección de signos clínicos nerviosos, digestivos o respiratorios, disminución en la producción de huevos, en el consumo de agua o alimento y alta mortandad en aves domésticas o silvestres.
También recuerda tomar todas las medidas de prevención y no manipular las aves cuando se detectan estos cuadros clínicos.
En caso de observarse la presencia o sospecha de signos clínicos compatibles con IAAP en aves o el hallazgo de aves domésticas y/o silvestres muertas, notificar al Senasa en cualquiera de sus oficinas; por medio de la aplicación “Notificaciones Senasa”, enviando un correo electrónico a notificaciones@senasa.gob.ar; ingresando al apartado “Avisa al Senasa” de la página web del organismo o enviando un whatsapp al 11-5700-5704.
Asimismo el Senasa habilitó un apartado especial en su página web oficial, donde se encontrará información actualizada tanto sanitaria como normativa y materiales de difusión para la prevención, sobre la influenza aviar.
Fuente: Noticias Argentinas
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